@article{Sánchez Pinedo_2022, title={Autonomía universitaria en el Perú. En crisis}, volume={5}, url={https://igobernanza.org/index.php/IGOB/article/view/175}, DOI={10.47865/igob.vol5.n17.2022.175}, abstractNote={<p>Tomando como premisa los profundos cambios que acontecen en el mundo, en la sociedad, y el rol que sus universidades cumplen, desde aquella primera de Boloña (más de nueve siglos de existencia) hasta las universidades de rango global, mundial, competitivas, modernas, éticas, que promueven la verdad y el saber, la ciencia, la tecnología, la innovación tecnológica, helicoidales, transformadoras y empoderadas dentro de una sociedad y que constantemente requieren de calidad, con docentes comprometidos con la libertad de cátedra y altamente calificados, con excelente formación profesional y de posgrado, científico talentosos y proyección social, promotores del desarrollo sostenible en el Perú, nos lleva a enfrentamientos relacionados al acceso a nueva información para generar y distribuir nuevo conocimientos. Los conocimientos tienen poder. De ahí la problemática.</p> <p>Es lo que tenemos y una pincelada de nuestra realidad es necesaria.</p> <p>Se dice que la universidad pública es ineficiente que tiene poca calidad y con ese argumento en la Ley Universitaria 30220 (2014) se consigna una normatividad que al pasar los años ha devenido en destructiva e ilegítima, no solo atentando contra la libertad de cátedra, para investigar, sino que al tener una normatividad que permiten subsumir a las universidades a los gobiernos de turno pierden aquella visión de libertad, ética y transparencia que el avance de la ciencia requiere para generar conocimiento. La autonomía universitaria la premune de flexibilización en el armado de sus planes de estudio que tendrán un marco transformador de la sociedad de acuerdo a los conceptos actuales de franca expansión digital, global. Es una bondad imperativa que ha costado años de franca lucha para lograrla, pues siempre ha existido esa pugna del estado y los poderes fácticos por controlarla. La Ley 30220 (2014) y sus artículos 1, 5, 17 y 20 lastiman este concepto. Necesitamos crear pensamiento crítico y significativo, trascendente, innovador y transformador. Por ello el debate favorable, a la fecha, de los Proyectos de Ley 697/2021. CR y 862/2021.CR, por la Comisión de Educación, Juventud y Deporte requiere de su consolidación a través de una segunda votación, que no dudamos será favorable.</p>}, number={17}, journal={IGOBERNANZA}, author={Sánchez Pinedo, Luz Doris}, year={2022}, month={jun.}, pages={200–221} }